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Normativa y tranquilidad legal · Murcia

¿Puede mi vivienda alquilarse como turística en Murcia?

Antes de publicar tu vivienda comprobamos que puede operar como alojamiento turístico sin sustos: comunidad, licencia, urbanismo, habitabilidad y obligaciones con los huéspedes. Trabajamos como operador seguro para que tú no te expongas a sanciones ni a conflictos vecinales.

Lo que revisamos antes de publicar

Revisión de estatutos de comunidad

Lo primero: revisamos si los estatutos de tu comunidad de propietarios o algún acuerdo vecinal restringen o prohíben el uso turístico. Es una de las principales causas de conflicto, y preferimos detectarla antes de dar cualquier paso.

Licencia turística (VV)

La figura habilitante en la Región de Murcia es la Vivienda de Uso Turístico-Vacacional (VV), con inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) conforme a la Ley 12/2013 de Turismo. Tramitamos el alta y su renovación.

Compatibilidad urbanística

Verificamos que la vivienda sea legalmente apta para uso turístico según el PGOU y los planes especiales municipales vigentes. Si el uso no está permitido en tu ubicación, te lo decimos antes de invertir.

Habitabilidad

Comprobamos que la vivienda cumple los requisitos de habitabilidad aplicables para poder destinarse a uso turístico. Si falta algo, te indicamos qué hace falta para subsanarlo.

Registro de viajeros

El alojamiento turístico está obligado a registrar a los viajeros y comunicar sus datos a las autoridades. Lo gestionamos en cada entrada, sin que tengas que ocuparte de nada.

SES Hospedajes

Realizamos la comunicación de viajeros a través de SES Hospedajes, el sistema oficial, cumpliendo plazos y formato. Todo documentado y trazable.

Seguro

El seguro no está incluido, pero te ayudamos a contratar una póliza adecuada —responsabilidad civil y multirriesgo— para operar con cobertura frente a incidencias con huéspedes o daños en la vivienda.

Normativa municipal

Cada municipio puede tener ordenanzas y planes especiales propios. Revisamos la normativa local aplicable a tu dirección concreta —no una media— para operar dentro de las reglas.

¿Y si el turístico no encaja?

Si la vía turística no es viable o no es la más rentable —por comunidad, urbanismo o estacionalidad—, a veces conviene el alquiler temporal o de media estancia. Te lo planteamos con franqueza, con números de ambos escenarios.

Te revisamos la viabilidad legal antes de publicar tu vivienda.

Sin coste y sin compromiso: comunidad, licencia, urbanismo, habitabilidad y obligaciones con los huéspedes. Si algo falla, te decimos cómo resolverlo o qué alternativa tienes.

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